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REGLAMENTO

 

ARTICULO I

ELECCIÓN DE CANDIDATOS PARA EL CUERPO DIRECTIVO

El cuerpo directivo vigente de la Asociación escogerá muy cuidadosamente, bajo la dirección del Espíritu Santo:

 

1.  Mujeres de conducta irreprensible que sean miembros en plena comunión de su Iglesia y sean recomendadas por su pastor.

 

2.  Que hayan tenido experiencia de salvación de por lo menos cinco años y sean bautizadas con el Espíritu Santo.

 

3.  Que sean mujeres de experiencia y habilidad para comunicarse e identificarse con personas de diferentes idiosincrasias.

 

4.  Que sean mujeres capacitadas espiritual, física, mental e intelectualmente.

 

 

ARTICULO II

FUNCIÓN DE LAS OFICIALES

1.  FUNCIÓN DE LA PRESIDENTA

 

a.  Se entenderá con todos los negocios oficiales de la Asociación. Se entenderá de administrar y presidir todas las actividades de la Asociación.

 

b.  Promoverá actividades para mantener y extender la labor de la Asociación en conformidad con la directiva oficial y el Cuerpo Ejecutivo del Concilio.

 

c.  Firmará juntamente con la Secretaria o Tesorera todo documento oficial y cuentas bancarias de la Asociación.

 

d.  Rendirá un informe anual a la Asamblea General durante la Convención 

 

 

2.  FUNCIÓN DE LA VICEPRESIDENTA

 

a.  Trabajara mano a mano con la Presidenta.

 

b.  Substituirá a la Presidenta en su ausencia o incapacidad física, espiritual o de cualquiera otra naturaleza.

 

 

3.  FUNCIÓN DE LA SECRETARIA

 

a.  Preparará y archivará un informe exacto de las Convenciones y reuniones oficiales.

 

b.  Mantendrá un registro de los nombres de las presidentas de las diferentes Iglesias locales con sus direcciones y también los nombres y direcciones de las presidentas nacionales del extranjero.

 

c.  Mantendrá un archivo de todas las actividades generales del Departamento.

 

d.  Atenderá toda la correspondencia y archivara todo documento de la Asociación.

 

e.  Conservará un acta de toda reunión ordinaria o extraordinaria de la Asociación y firmara juntamente con la presidenta todo documento oficial de la Asociación.

 

f.  Rendirá un informe anual a la Asamblea General durante la Convención y leerá las minutas de la pasada convención.

 

 

4.  FUNCIÓN DE LA SUBSECRETARIA

 

a.  Trabajara mano a mano con la Secretaria.

 

b.  Substituirá a la Secretaria en su ausencia o incapacidad física, espiritual o de cualquiera otra naturaleza.

 

 

5.  FUNCIÓN DE LA TESORERA

 

a.  Recibirá todas las obligaciones financieras de la Asociación, tales como las ofrendas de trimestrales, cuotas de convención, y ofrendas que pertenezcan a la Asociación.

 

b.  Mantendrá un archivo financiero y un libro mayor de todo dinero que entre y salga de sus manos.

 

c.  Firmará juntamente con la presidenta toda transacción bancaria.

 

d.  Toda transacción financiera deberá ser notificada a la Directiva de la Asociación.  Toda transacción financiera sobre $500.00 deberá ser consultada con la Directiva de la Asociación.

 

e.  Rendirá un informe anual a la Asamblea General durante la Convención anual.

 

 

6.  FUNCIÓN DE LA SUBTESORERA

 

a.  Trabajara mano a mano con la Tesorera.

 

b.  Substituirá a la Tesorera en su ausencia o incapacidad física, espiritual o de cualquiera otra naturaleza.

 

 

7.  FUNCIÓN DE LA VOCALES

 

a.  Trabajaran mano a mano con las oficiales.

 

b.  En ausencia o inhabilidad de algún oficial, ellas asumirán sus deberes y responsabilidades, siempre y cuando sean halladas cualificadas para ese oficio por la Directiva de la Asociación.

 

 

8.  FUNCIÓN DE LAS VICEPRESIDENTAS DE PREBISTERIOS

 

a.  La función de las Vicepresidentas es de trabajar en su presbiterio visitando las Sociedades locales con el propósito de estimular en la fe y en la obra del Señor.

 

b.  Promoverá un espíritu de unidad entre las Sociedades de las Iglesias del Concilio, celebrando diversas actividades tales como: Jubileos, Retiros, Cultos de Confraternidad, Vigilias, etc.; que fortalezcan la amistad y el compañerismo entre las Mensajeras del Presbiterio.

 

c.  Las ofrendas que se colectan en dichas actividades serán entregadas a la Vicepresidenta del presbiterio, la cual la entregará a la Tesorera General para sufragar los gastos financieros que adquiere este departamento. Estas ofrendas serán entregadas a la Tesorera en las reuniones de la directiva.

 

d.  Cada Vicepresidenta preparará un informe detallado de su trabajo realizado con las damas del presbiterio durante el año y lo rendirá a la convención de nuestra Asociación.

 

e.  Es el deber de cada Vicepresidenta estar en las actividades generales de la Asociación tales como cultos Trimestrales, Retiros y Reuniones con la Directiva, especialmente si estos se llevan a cabo en su condado.

 

 

ARTICULO III

RENUNCIAS

 

1.  Toda renuncia deberá ser sometida por escrito a la Presidenta.  La misma será considerada y se decidirá la aceptación o rechazo de dicha renuncia.

 

2.  La persona que sigue el puesto sustituirá al oficial que renuncie hasta terminar el año o hasta que en reunión extraordinaria se determine quien ocupara el puesto vacante o hasta la próxima convención anual.

 

 

 

Asociación de Damas
Mensajeras del Señor
Concilio Latino Americano, NY
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